
Marri marri pu lonko, pu machi, kom puche y autoridades tradicionales y gente conciente de la lucha mapuche.
KIÑE TROI DUNGU:
Venimos a informar que el día 25 de abril, la Corte Suprema se pronunció frente al recurso de Nulidad de Juicio, que se interpuso tras el cuestionado veredicto del TOP ANGOL, con respecto a los hermanos Moroni Ancalaf Prado y Matías Ancalaf Prado.
En el fallo se acusa a los peñis de ser autores de la lamentable muerte de un carabinero. Tras el recurso presentado por la Fiscalía para que la nulidad se discutiera en la Corte de Apelaciones de Temuco, la Corte Suprema en primera instancia acogió este recurso, manifestando una evidente inclinación hacia donde va dirigida la presion politica en esta causa, ya que aquí se vulneraron principios jurídicos básicos.
Posteriormente, la defensa de los hermanos Ancalaf interpuso un nuevo recurso, invocando causales de fondo, garantías constitucionales y vulneranción al debido proceso, uso de testigos protegidos, entre otras faltas en que incurrió el tribunal de Angol al momento de considerar la prueba ofrecida por la Fiscalía.
El recurso fue resuelto y acogido por la Corte Suprema, en Santiago. Ahora estamos a la espera de la fecha y hora que se va discurir la Nulidad de Juicio a favor de los hermanos Moroni Ancalaf y Matías Ancalaf, además de Rodrigo Calabrano.
EPU TROI DUNGU:
¿Cómo fueron declarados culpables los 3 peñi, si no existen pruebas, ni acreditaron participación? Porque el Estado está acostumbrado a hacer esto con el mapuche.
Es preocupante cómo la Fiscalía actuó en conjunto con carabineros de Chile, el tribunal oral en lo penal de Angol, los querellantes institucionales y la delegacion presidencial, representadas por el Abogado Ignacio Saldivia Saravia. Allí la Fiscalía logró incorporar el relato de uno de los dos testigo protegidos, que consta en 5 declaraciones escritas distintas y en diferentes años. El fiscal Carlos Bustos logró incorporar en audiencia las narrativas que fueron aceptadas por la presidenta de los magistrados y del tribunal oral de Angol, Solange Sufan Arias, Karina Rubio y Loreto Morales Rey, vulnerando el ordenamiento jurídico nacional e internacional vigente. Precisamente, el año 2016, Chile fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Costa Rica, en el caso «Lonkos», respecto del uso de testigos protegidos y bajo qué condiciones se admitirían sus declaraciones.
Esta prueba fue determinante para que los persecutores condenaran a los peñis. Pero la Fiscalía nunca logró acreditar la participación en los hechos que se les imputó como posibles autores.
KILA TROI DUNGU:
Quedó de manifiesto que los tribunales de justicia creen como verídico, declaraciones, o más bien, dichos de terceros. Como dice un refrán «Juanito dijo que Juanita le contó..»
De esa manera, la Fiscalía sindicó a los hermanos Ancalaf de participar en el homicidio, sin corroborar participación: solo se tomó declaraciones a quienes maliciosamente pudo manipular la Fiscalía, declaraciones de dudosa procedencia. Tal situación quedó evidenciada cuando una docena de testigos (carabineros) presentaron evidentes contradicciones en el estrado mientras declaraban.
Si bien, el lamentable hecho ocurrió, existiendo víctimas, lo evidente, es la no participación que le atribuyeron a los hermanos Ancalaf, porque en el estrado testigos presenciales situaron a los peñis lejos del lugar de los hechos. A ello se sumaron otras pruebas vertidas en el juicio, contra las cuales la Fiscalía nunca pudo acreditar la participación de los peñi.
El gran «salvavidas» del Ministerio Público fue un controvertido testigo protegido, que tiene la suerte de ser «sobrenatural o medium», ya que ningún testigo presencial logró posicionar ni acreditar la participación de los peñis. Sin embargo, el testigo protegido sí logró tener la capacidad «privilegiada» de reconocer voces, personas, e incluso consiguió ver en la oscuridad de la noche, como algunos animales nocturnos que tienen dicha cualidad, reconociendo además ¡ a 5 personas, armas, tipos de calibres, día y hora en que habrían sucedido los hechos, según contó en sus 5 declaraciones escritas ! En su declaración se atrevió a afirmar que los peñi le habrían contado personalmente lo ocurrido el 24 de mayo, tras la muerte del carabinero, solicitándole guardar las armas utilizadas (!).
Todo lo anterior fue tomado en consideración por el TOP de Angol para solicitar su veredicto condenatorio, vulnerando claramente el debido proceso y el derecho a ser juzgados por un tribunal y jueces imparciales, que impartan real justicia, además de las garantías constitucionales vigentes.
MELI TROI DUNGU:
Hacemos un amplio llamado a las comunidades en resistencia, pueblo mapuche en general y gente conciente de la lucha mapuche, para que nos puedan acompañar en este proceso de Nulidad de Juicio que se verá próximamente en la Corte Suprema en Santiago. Es preciso denunciar y repudiar el actuar en complicidad de los sectores políticos, judiciales del Estado chileno y cómo ha venido comportándose en las distintas causas de persecución política hacia nuestros jóvenes mapuche y dirigentes que hoy se encuentran encarcelados, enfrentando procesos llenos de vicios, dado que se ha propuesto erradicarnos y eliminar de raíz nuestro kume mogen en nuestro territorios. Nos tildan de terroristas, asesinos y delincuentes. Sin embargo, han sido ellos los que avasallaron nuestro territorio y gente, queriendo expropiar lo que nos pertenece ancestralmente.
Es por ello que hacemos un llamado a estar unidos en la lucha y en los diferentes procesos judiciales. Que nos hagamos uno frente a este gran enemigo y respaldemos a nuestros Prisioneros Mapuche en las distintas cárceles.
Fentren mañun kom puche.
Kiñe waiñ ka kiñe trekayaiñ rupu mu.
Comunica Lof Choin Lafkenche, Collipulli, territorio Malleco